Cap. 18 – NIIF NEWS PodCast (marzo 2026)
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En contabilidad, pequeños matices en el reconocimiento inicial pueden generar diferencias importantes en la forma en que una empresa presenta sus ingresos, sus cuentas por cobrar y sus obligaciones contractuales. Uno de esos casos aparece cuando una operación comercial incorpora descuentos por volumen de compra, ya que el valor inicial de la cuenta por cobrar no necesariamente coincide con el precio nominal de la venta. De acuerdo con el contenido trabajado en este NIIF News, la evaluación debe considerar lo establecido en la NIIF 9 y la aplicación de la NIIF 15 para determinar correctamente el importe a reconocer desde el primer momento.
Este tema cobra especial relevancia cuando la entidad concluye que el cliente probablemente alcanzará el umbral que le da derecho al descuento. En ese escenario, el precio de transacción debe estimarse disminuyendo dicho descuento desde el primer envío y, adicionalmente, reconocer un pasivo del contrato por el equivalente al reembolso esperado. Más que un ajuste técnico, se trata de una decisión contable clave para reflejar con mayor precisión la realidad económica de la operación y evitar distorsiones en la medición inicial de las cuentas por cobrar comerciales.
Novedades contables
A. Precio de transacción
De acuerdo con la NIIF 9, en el momento del reconocimiento inicial, las cuentas por cobrar comerciales se miden por su precio de transacción, si dichas cuentas comerciales por cobrar no tienen un componente financiero significativo o cuando se aplique la solución práctica para créditos menores a un año.
Considerando que una cuenta por cobrar comercial puede medirse en el reconocimiento inicial por un importe diferente al precio de transacción, como, por ejemplo, una venta con descuento por volumen de compra, en la NIIF 9 se reemplazó el termino precio de transacción por la frase “el importe determinado mediante la aplicación de la NIIF 15”.
Consultas contables
B. ¿Cómo se determina el precio de transacción en una venta con descuento por volumen de compra?
Si la entidad concluye que el cliente alcanzará el umbral para tener derecho al descuento por volumen de compra, estimará el precio de transacción disminuyendo del precio del producto, el descuento por volumen de compra a partir del primer envío.
Adicionalmente, por el equivalente al descuento, se reconoce un pasivo del contrato por el reembolso.












